En mi país, Puerto Rico, se ha levantado nuevamente un debate sobre matrimonios del mismo sexo. La derecha religiosa del país ha lanzado, por segunda ocasión en los pasados años, un atentado en contra de los derechos de una gran parte de la población, y de nuestra gran Constitución. Para los que no lo sepan, Puerto Rico es un territorio de la nación americana, y como territorio de dicha nación, estamos bajo el dominio de su Constitución. Quiere decir que TODAS las leyes federales que aplican en EE.UU, aplican también para Puerto Rico. Nuestro país tiene también su propia constitución que fue escrita en base a la Constitución norteamericana, y provee y protege los mismos derechos en su Carta de Derechos. Nuestra Constitución, así como la Constitución americana, es un brillante y ejemplar ejemplo de la superioridad de las civilizaciones Occidentales. Sin embargo, las mentalidades retrógradas y teocráticas siguen acechando contra nuestras libertades. Apoyándose en sus creencias privadas para intentar imponer leyes que atentan contra la esencia misma de nuestra Constitución.
Cada vez más me voy dando cuenta que la derecha religiosa de este país ha perdido la verguenza, o más bien nunca la ha tenido. Cada vez más se demuestra que el cristianismo y sus doctrinas y dogmas totalitarias son INCOMPATIBLES con las Civilización Occidental. Dónde no importa que creas que tienes a dios de tu lado, las leyes se establecen en bases racionales, no en base a revelaciones privadas. Dónde todo es cuestionable y discutible, no existen las autoridades incuestionables, somos libres para pensar y expresar ideas, sin temor a castigos eternos. Dónde nuestros derechos no dependen de la opinión manipulable de las mayorías, sino del reconocimiento de nuestra humanidad, i.e. que todos somos humanos, que todos somos iguales, y el que algunos digan tener una línea directa para hablar con dios no los hace más ni menos que todos los demás.
Sin embargo, como siempre, los políticos corruptos del país, que venderían su propia alma y la esencia misma de la Constitución si eso los ayudara a ganar elecciones, son una vez más las marionetas por preferencia de la derecha religiosa del país para llevar a cabo su agenda de odio y prejuicio en contra de la comunidad homosexual. El pasado lunes, en el evento anual del pastor Jorge Rachke, "Clamor a Dios", se levantaron voces de odio, discriminación e intolerancia como nunca se ha visto en la historia de nuestro país. Pastor tras pastor, incluyendo un NIÑO de apenas 7-12 años que ni siquiera ha tenido la oportunidad de desarrollar su mentalidad, fueron los encargados de llevar a cabo este circo en el que prácticamente incluía la comunidad homosexual en el mismo grupo que los drogadictos, los violadores de niños, los abusadores de mujeres, etc... El mensaje central es que hay una crisis moral en el país, y los homosexuales tienen parte de la culpa. Estas conexiones entre homosexuales y la violencia en el país son asunciones tácitas. Como siempre, nunca se explica la relación. Por supuesto, cuando abandonas la realidad, no hay necesidad de basar argumentos en bases racionales.
¿La solución a la crisis moral del país según un gran sector de la derecha religiosa del país?, prohibir las relaciones homosexuales elevando a rango Constitucional el matrimonio entre parejas heterosexuales. La derecha religiosa del país con esto espera que se semente en el gobierno y de ahí se implemente y se propague la idea de que los homosexuales son inmorales, y que deberían ser tratados diferente, no con los mismos derechos. ¿La base para ésta resolución? completamente religiosa, cosa que viola directa y desvergonzadamente la separación de iglesia y estado explícitamente instituida en la Sección 3 de la Carta de Derechos.
La resolución fue apoyada por 28 representantes. Yo quisiera tener una lista de estos 28 representantes para incluirlos en una lista negra, porque aparentemente estos individuos ni se han leído nuestra Constitución. La marioneta que lidera dicha resolución es el RepresentanteNorman Ramírez. La misma propone que se lleve a cabo una elección en la que el pueblo decida si dicha resolución pasa a ley. La resolución ya ha recibido el rechazo de varios representantes, incluyendo la representante por el PNP (Partido Nuevo Progresista) Albita Rivera, que tilda a los 28 representantes de hipócritas, y atribuyó la presentación de la iniciativa a presiones de los sectores religiosos fundamentalistas. No nos lo tiene que decir, señora Representante, ya lo sabemos. Lo cierto es que la derecha religiosa del país está observando lo que está pasando alrededor del mundo, incluyendo Estados Unidos. En Argentina y en México por fin se reconoció el derecho de los homosexuales a casarse, y en Estados Unidos se aprobó en Vermont y en Maine. Como bien ya se ha observado por los defensores de la igualdad de derechos en EE.UU, la derecha religiosa de este país y de EE.UU simplemente busca meter sus creencias dogmáticas e intolerantes en la Constitución para que sea más difícil que se cambien en un futuro. Es obvio que la opinión pública está cambiando. Es obvio que cada año se da un paso significativo en pro de los derechos humanos de los homosexuales. La derecha religiosa simplemente está DESESPERADA para meter sus creencias en la Constitución mientras tienen el apoyo de la mayoría.
Algunos lo apoyan porque simplemente odian a los homosexuales. Otros lo hacen porque se dejan llevar por las campañas de intolerancia, prejuicio, mentiras y miedos irracionales infundados por la derecha religiosa. Muchos de ellos son una combinación de ambas. Son muy inteligentes al apelar al pueblo para que le cumpla sus caprichos, porque saben que si se van a la corte, donde tienen que probar sus supuestos argumentos, donde el "porque yo lo digo y soy pastor y dios me habla" no es suficiente, donde los argumentos REQUIEREN base racional y no vagas asunciones, donde la evidencia es puesta a los más rigurosos cuestionamientos y examinaciones, ¡allí no tienen oportunidad alguna! Mientras tanto, la opinión pública es BIEN fácil de manipular. Este capricho de la derecha religiosa, de ser aprobado, le costará al pueblo 6 MILLONES. Con la crisis fiscal que tenemos en el país, ¿vamos a gastar 6 MILLONES para conformar a estos individuos? Que, de todas formas, de pasar dicha ley y ser aprobada por la mayoría, será declarada INCONSTITUCIONAL como ya ocurrió en California. Está claro que la derecha religiosa NO RESPETA la Constitución y cree estar por encima de ella, si tienen LOS COJONES de presentar este chiste de resolución. ¡¡¿No tienen verguenza?!!
No necesitamos esperar a que la resolución 107 pase para ver lo que pasará. Podemos mirar el increíblemente similar caso de la Proposición 8 en California, el cual propone exactamente lo mismo que la resolución 107, fue aprobada por la mayoría el 8 de Noviembre de 2008, y fue declarada inconstitucional en Agosto de 2010. Resumen gracias al usuario de YouTube ProfMTH.
¿Porqué fue declarada inconstitucional?
La Proposición 8 fue denominada INCONSTITUCIONAL porque viola ambas clausulas; Debido Proceso y ley de Igual de Protección.
¿Qué es la clausula de “Due Process”?
Hay dos clausulas de "Due process" o debido proceso. Una en la quinta enmienda y otra en la decimocuarta enmienda.
La que se encuentra en la 5ta enmienda aplica al gobierno federal, mientras que la de la decimocuarta enmienda aplica al gobierno estatal y a sus sub-divisiones políticas. (Incluye Puerto Rico)
La clausula del Due Process protege contra cualquier acción gubernamental arbitraria que niegue el derecho de la persona a la vida, la libertad y/o propiedad.
“Ningún estado privará una persona de su vida, libertad, o propiedad, sin el debido proceso de ley.” ---5ta enmienda de la Constitución de los EE.UU
Esta enmienda prohíbe que el estado imponga una ley que limite la libertad del individuo para ejercitar sus derechos fundamentales limita su libertad.
¿Porqué Prop 8 viola la clausula de Debido Proceso?
Primero hay que reconocer que el derecho al matrimonio es un derecho fundamental:
“La libertad de casarse es reconocida como un derecho fundamental y está protegido por la clausula de Debido Proceso de Ley.” -- Juez Walker (Juez que declaró Prop 8 inconstitucional)
Cuando una ley es retada en corte en base a la alegación de que dicha ley viola la clausula “Due Process”, la corta ejerce una prueba denominada “Prueba de Escrutinio Estricto” para determinar si en efecto la ley en cuestión viola dicha clausula.
Bajo este caso la ley pasará la prueba SOLO SI se demuestra que la ley es necesaria para lograr un interés apremiante del estado. En otras palabras, los proponentes de la ley en cuestión tienen que demostrar en la corte que dicha ley es necesaria para lograr tal interés apremiante del gobierno.
Los proponentes de la proposición 8 proponen que dicha ley; "es consistente con el propósito central del matrimonio, en California y en cualquier otra parte, para promover relaciones sexuales naturales y procreación y encaminarlas a que sean uniones estables y duraderas, con el motivo de producir y criar la próxima generación." ---Proposición 8
Ya que el matrimonio entre parejas del mismo sexo no para procreación, no debería reconocerse. Este argumento falla, ya que aún bajo la ley en cuestión, parejas estériles se podrán casar.
Los proponentes de Proposición 8 no pudieron demostrar que; “para promover relaciones sexuales naturales y procreativas y encaminarlas a que sean uniones estables y duraderas, con el motivo de producir y criar la próxima generación...” es un interés apremiante del estado.
El Juez Walker concedió por un momento, con motivo de argumentación, que el interés del estado en el matrimonio es de procrear. Luego el Juez preguntó cómo permitir a las parejas del mismo sexo casarse iba a impedir que este interés se cumpla. La defensa primero se rehusó a contestar, pero cuando el Juez lo presionó, la defensa contestó; “honorable Juez, mi respuesta es que no lo sé, NO LO SE.”
A raíz de su incapacidad para contestar, el Juez Walker no tuvo de otra que concluir que "los defensores de Proposición 8 no pudieron hacer su caso porque simplemente no tenían un caso."
“NUNCA el estado ha inquirido en el deseo o capacidad de procreación a la hora de entregar licencias de casamiento.”---Juez Walker
El mismo caso se podría hacer en contra de las parejas de gente mayor, que ya no pueden procrear, sin embargo, ningún líder religioso se atrevería a lanzar una resolución para evitar que se casen.
El Juez Walker estuvo obligado a concluir que, el no permitir que las parejas del mismo sexo se casen no es necesario para cumplir ningún interés apremiante del estado, por lo tanto, viola la clausula “Due Process.”
¿Porqué Prop 8 viola la clausula de Igual Protección?
La clausula de igual protección incluida a la Constitución en su decimocuarta enmienda dice que;
“Ningún estado le negará a ninguna persona dentro de su jurisdicción la igualdad de protección bajo la ley.”
Esta enmienda está para garantizar que toda persona similarmente situada será tratada de la misma forma por la ley.
No significa que el gobierno nunca vaya a tratar a la gente de diferentes formas, pero esta diferencia debe ser, al menos, razonable. (Ej. un criminal cuyo derecho a la libertad es suspendido temporalmente)
Esta clausula se ve en acción en un caso en Massachusetts, Eisenstadts, Sheriff v. Baird, en el cual se retaba una ley que criminalizaba proveer píldoras anti-conceptivas a personas no casadas. La misma fue denominada inconstitucional porque no se pudo demostrar ninguna base racional por la cual las personas no casadas tenían que ser tratadas de diferente forma que las personas casadas. Se demostró que, en todas las formas relevantes al caso, las personas casadas y las no casadas estaban igualmente situadas. Por lo tanto, la ley fue tachada de inconstitucional y fue abolida.
Hay varias pruebas que ha formulado la corte para determinar si una ley viola la clausula de Igualdad de Protección.
-Escrutinio Estricto
-Escrutinio Intermedio
-Revisión de Base Racional
En el caso de Proposición 8, donde la base propuesta para hacer la distinción es orientación sexual y se estipula que, bajo dicha ley, parejas de diferentes sexos pueden casarse, mientras que parejas del mismo sexo no, el gobierno DEBE tener una meta legítima para la cual dicha clasificación está racionalmente relacionada. A esto se le llama la Prueba de Revisión de Base Racional, y es la más débil de todas las pruebas. Dicha prueba siempre termina encontrando que leyes que intentan clasificar a los homosexuales como una clase aparte FALLAN en proveer una base racional para tal clasificación y, por lo tanto, son tachadas de inconstitucional.
El Juez Walker concluye en su decisión que; “Proposición 8 ni siquiera pasa la prueba de Revisión de Base Racional.”
Los proponentes de Proposición 8 argumentan que dicha ley protege los siguientes propósitos del gobierno:
1-Preservar la unión, propósitos y significados tradicionales del matrimonio.
2-Proceder con cautela al implementar cambio social.
3-Promover paternidad de sexo opuesto sobre paternidad del mismo sexo.
4-Proteger la libertad de aquellos que se oponen al matrimonio del mismo sexo.
5-Tratar a las parejas del mismo sexo diferente a las parejas de sexo opuesto.
6-Cualquier otro legítimo propósito concebible.
Vamos a descartarlas una por una:
1-El Juez Walker conluyó que el que se haya mantenido una clasificación por tanto tiempo no hace tal clasificación racional. Este argumento no es más que una tautología. Siempre hemos hecho X, por lo tanto, debemos continuar haciendo X.
2-Los defensores de Proposición 8 argumentan que el otorgarle el derecho a las parejas del mismo sexo casarse significaría un gran cambio social. Sin embargo, el estado de California ya ha casado más de 18,000 parejas del mismo sexo. El Juez concluye que; “permitir que las parejas del mismo se casen será simple para California implementarlo porque ya lo ha hecho.” En el caso de Puerto Rico, donde nunca se ha llevado a cabo un matrimonio homosexual, bastaría con informar que en todos los países donde se ha implementado el matrimonio homosexual, no ha habido ningún cambio social relevante. En Canadá se implementó y, que yo sepa, allí no ha llovido ranas, ni se ha caído el cielo. Tal argumento es absurdo, y se basa en la creencia que habrá castigo de dios si tal cambio se implementa.
3-El Juez Walker brillantemente anotó que Prop 8 no tiene nada que ver con paternidad, la ley no afecta la ley de adopción en California. Bajo Prop 8, parejas del mismo sexo seguirán tendiendo la capacidad de adoptar si así lo desean. Dicha ley es aparte. Más allá de eso, Prop 8 no hace nada para promover que parejas de sexo opuesto se casen y tengan hijos. Parejas de diferente sexo se casarán y tendrán hijos SIN o CON Prop 8. Desconozco si la resolución 107 también afecta la ley de adopción, lo que la haría aún más inconstitucional. Se tiene que probar que este interés es un interés apremiante para el gobierno, y sólo existen bases religiosas para dicho argumento. Toda la supuesta "evidencia" sometida por los proponentes de Prop 8 para argumentar que parejas de igual sexo son más capaces de criar niños que las parejas del mismo sexo NO SOBREVIVIERON el escrutinio.
4-El argumento propuesto por los defensores de Prop 8 es que dicha ley protege su derecho de impedir que parejas del mismo sexo se casen. Ese es un derecho que ellos han tenido el atrevimiento de reclamar. Como si sus creencias ameritaran un lugar especial por encima de los derechos ajenos. Los religiosos tienen el derecho de creer que parejas del mismo sexo no deberían casarse, los religiosos tienen el derecho individual de no reconocer parejas del mismo sexo como “casadas”, tienen el derecho de no creerlo para sí mismos y enseñárselo a sus hijos si lo desean, pero, ¿el derecho de violar los derechos de los demás? ¿Quién se creen que son? Bueno, estos son efectos secundarios de creerse que uno tiene a dios de su lado. Así que el Juez Walker conluye que; “ Prop 8 no afecta ningún derecho garantizado por la 1ra enmienda.”
5-El Juez Walker concluyó que; “la evidencia demuestra de manera conclusiva que perspectivas religiosas y morales forman la única base para la creencia de que parejas del mismo sexo y parejas de igual sexo deben ser vistas de diferente forma." Y como ya es sabido, creencias religiosas privadas no son base ALGUNA para la implementación de leyes en los Estados Unidos.
Ya podemos ver que los proponentes de la resolución 107 se están yendo por esta misma linea, cuando el Representante Norman Ramírez fue citado diciendo;
"Discriminar es tratar distinto dos cosas iguales. Y aquí lo que estamos hablando es matrimonio entre hombre y mujer. Y no estamos discriminando con nadie más, porque todo lo que sea matrimonio entre hombre y mujer está aprobado, y no estamos discriminando contra eso”---Norman Ramírez
Aquí ha cometido un GRAVISIMO error, y ya se le ve la costura de sus argumentos. Como el Juez Walker clara y brillantemente nota, no existe NINGUNA base racional para tratar a las parejas del mismo sexo diferente a las parejas heterosexuales que no sea las posiciones PRIVADAS morales y religiosas.
“El congreso de EE.UU no hará NINGUNA ley respetando el establecimiento de religión...”
6- El Juez Walker concluyó que no hay ningún otro interés gubernamental apremiante para el cual Prop 8 sea esencial.
En conclusión, ES IRRACIONAL tratar a parejas de igual sexo diferente a parejas del mismo sexo con respecto al matrimonio. Están igualmente situadas. Por lo tanto, Prop 8 VIOLA la clausula de Igual Protección. No me cabe la menor duda que los proponentes de la resolución 107 fallarán de igual forma.
Invitamos cordialmente a la derecha religiosa del país a que SAQUE SUS NARICES de donde no tiene que meterlas, y se dedique a lo suyo. De todas formas es INEVITABLE. La tendencia está cambiando, y muy pronto el matrimonio homosexual será legal en Puerto Rico. El miedo y el prejuicio infundido por la derecha religiosa se disipará.


No comments:
Post a Comment